Desde el 12 de agosto de 2026, el Reglamento (UE) 2025/40 relativo a los envases y residuos de envases exige a los productores registrarse en cada Estado miembro donde ponen por primera vez envases a disposición y, cuando venden envases directamente a usuarios finales en un Estado miembro donde no están establecidos, designar allí un representante autorizado para la RAP. La Comisión ha propuesto suspender la obligación de representante para los productores establecidos en la UE, pero a 15 de septiembre de 2026 no se ha adoptado nada. La obligación nacional francesa de representante se aplica en cualquier caso.
Qué exige el PPWR
- Artículo 44: inscripción en el registro nacional de productores de cada Estado miembro donde se pone por primera vez un envase a disposición; nada puede ponerse a disposición antes del registro.
- Artículo 45: los productores financian la recogida y la valorización; un productor que vende directamente a usuarios finales en otro Estado miembro designa allí un representante autorizado. Los productores de fuera de la UE necesitan un representante en cada Estado miembro de venta.
- Sin cantidad mínima. Los marketplaces online deben verificar el registro de los productores.
Estado de la propuesta de suspensión
| Fecha | Novedad |
|---|---|
| Diciembre de 2025 | El Ómnibus Medioambiental de la Comisión propone suspender la obligación de representante para productores establecidos en la UE hasta el 1 de enero de 2035 |
| 24 de junio de 2026 | El Consejo retira las disposiciones RAP de su mandato de negociación tras las objeciones de la mayoría de los Estados miembros |
| Junio de 2026 | La ponente del Parlamento Europeo propone limitar cualquier suspensión a micro y pequeñas empresas y mantener los representantes para productores de fuera de la UE; votación en comisión prevista hacia octubre de 2026 |
| 6 de septiembre de 2026 | Alemania propone eximir a los productores que comercializan menos de 10 toneladas de envases al año |
Ninguna versión sobre la mesa exime a los productores establecidos fuera de la UE.
En qué se diferencia Francia
El artículo L. 541-10-9-1 francés es ley nacional vigente desde el 10 de julio de 2026. Se aplica a todo productor no establecido en Francia, de la UE o de fuera, y a todos los sistemas RAP franceses: no solo a los envases ni solo a las ventas directas a usuarios finales. No le afecta el debate europeo sobre la suspensión. Detalles en la ley francesa, explicada.
Alemania en resumen
Alemania sustituyó su Ley de Envases por la VerpackDG el 12 de agosto de 2026. El registro en LUCID continúa, y los productores extranjeros que venden directamente a usuarios finales alemanes deben designar un representante autorizado alemán.
Preguntas frecuentes
¿Está suspendida la obligación de representante autorizado del PPWR?
No. A 15 de septiembre de 2026 la suspensión no se ha adoptado; la obligación se aplica tal como está redactada.
¿Un representante autorizado cubre toda la UE?
No. Con el PPWR se designa un representante por Estado miembro; no existe un representante único para toda la UE.
Si la UE suspende la obligación, ¿sigo necesitando un representante francés?
Si está sujeto a la RAP francesa y no está establecido en Francia, sí: la obligación francesa es ley nacional y se aplica de forma independiente.
